CONTRATO
Es un documento en el cual se hace constar un convenio entre dos o más personas, así como la obligación de dar cumplimiento a las cláusulas que en él se estipula.
Pacto o convenio entre parte que se obligan sobre materia determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: DEL DEPARTAMENTO TRES (3) DEL INMUEBLE MARDCADO CON EL NÚMERO CIENTO OCHENTA Y DOS (182) DE LA CALLE DE LAGO DE LA COLONIA MARIANITA DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, CÓDIGO POSTAL 03500 QUE CELEBRAN COMO ARRENDADOR EL SR LUIS ALBERTO ANTONIO MEJÍA Y COMO ARRENDATARIA LA SEÑORA LAURA HERNÁNDEZ MENÉNDEZ Y QUE SUJETAN A LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS PRIMERA. La arrendataria pagará al arrendador o a quien sus derechos represente una renta mensual adelantada de Q2,100.00 (DOS MIL CIEN) los primeros cinco días del mes, en el domicilio del arrendador, ubicado en LAGO CIENTO OCHENTA Y DOS INTERIOR TRES COLONIA NATIVIDAD CIUDAD DE GUATEMALA. De acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1245 y fracción I del artículo 2425 del Código Civil, que comenzara a contarse desde la fecha en que se firmó este contrato. Toda mensualidad será pagada íntegra aun cuando el arrendatario ocupe la localidad parte del mes, para cuyo efecto renuncia a lo dispuesto en el artículo 2429 del Código Civil. Conviene expresamente el arrendatario en que si no cubre la renta dentro de los cinco días naturales siguientes al día CINCO de cada mes, pagará un 10% (diez por ciento) más por cada mes natural o fracción de retraso por concepto de intereses moratorios. SEGUNDA No se entenderá renovado este contrato porque el arrendador reciba las rentas en fechas distintas a la estipulada, ni porque reciba los pagos en un lugar distinto del convenio. TERCERA El arrendatario señala como su domicilio convencional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Código Civil, el departamento materia de este contrato y/o par todo lo relacionado con este contrato, incluso para emplazamiento a juicio
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